Memorandum 071-2025
IMPUESTO PARA UNA ARGENTINA INCLUSIVA Y SOLIDARIA (PAIS)
AGENTES DE PERCEPCIÓN y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO. SALDOS A FAVOR. DEVOLUCIÓN. EXTIENDEN EL PLAZO
ARCA extiende el plazo para que los agentes de percepción y liquidación del Impuesto PAIS, que hayan ingresado percepciones en exceso y con motivo de la finalización del gravamen no pueden compensarlo a futuro con el citado impuesto.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, mediante la Resolución General (ARCA) 5695 (B.O. 21/05/2025), establece lo siguiente:
-El saldo a favor del agente de percepción y liquidación del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) podrá ser utilizado a través de la opción “Compensación” del servicio con clave fiscal denominado “Sistema de Cuentas Tributarias” -disponible en el sitio “web” institucional del Organismo- para el pago de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, de los períodos devengados enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2025, pudiendo aplicarse tanto al capital como a sus intereses.
Recordamos que no se ha modificado el plazo del 30/5/2025 como fecha tope para la utilización del saldo a favor del impuesto PAIS.
Vigencia: 20/05/2025