Memorandum 150-2022

10 de Noviembre

IMPUESTO A LOS PREMIOS DE SORTEOS Y CONCURSOS DEPORTIVOS

VIGENCIA DEL IMPUESTO. PRORROGA

Se extiende la vigencia del impuesto a los premios de sorteos y concursos deportivos y también se prorrogan las asignaciones específicas del gravamen de emergencia a los premios de determinados juegos de sorteo y concursos deportivos, del impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos e impuesto sobre los videogramas grabados y del Impuesto a los servicios de comunicación audiovisual.

Mediante la Ley 27693 (B.O. 9/11/2022), se establece lo siguiente:
-Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2072 la vigencia de las asignaciones específicas previstas (incisos b), e) e i) del artículo 4° de la ley 27.432).
-Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2072 inclusive la vigencia del gravamen a los premios de determinados juegos de sorteos y concursos deportivos (ley 20.630 y sus modificaciones).
Vigencia: 09/11/2022

 

 

 

 

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

PERSONAS JURÍDICAS. SE APRUEBA APLICATIVO VERSIÓN 21.0.

AFIP aprueba el programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 21.0” que deberán utilizar las sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros que practiquen balance comercial, para la determinación y confección de la declaración jurada del impuesto a las ganancias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la Resolución General (AFIP) 5281 (B.O. 9/11/2022), establece lo siguiente:
-Los contribuyentes y/o responsables comprendidos (Resolución General Nº 4.626 y sus complementarias), a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias y la confección de la respectiva declaración jurada, deberán utilizar el programa aplicativo denominado “GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS - Versión 21.0”, el que podrá ser transferido desde el sitio “web” del Organismo (http://www.afip.gob.ar).
Las novedades de esta versión, sus características, funciones y aspectos técnicos, podrán consultarse en la opción “Ayuda/Aplicativos” del mencionado sitio “web” institucional.
Vigencia: 10/11/2022
Aplicación: para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten desde el 10/11/2022.