Memorandum 133-2022
04 de Octubre
CONSENSO FISCAL
PODER EJECUTIVO NACIONAL Y REPRESENTANTES DE LAS PROVINCIAS. APRUEBAN CONSENSO FISCAL 2021
El Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las Provincias aprueban el Consenso Fiscal suscripto el 27 de diciembre de 2021. Como consecuencia de ello, se deja sin efecto las obligaciones asumidas en materia tributaria provincial establecidas con anterioridad a través de los Consensos Fiscales suscriptos en fecha 16/11/2017, 13/9/2018, 17/12/2019 y 4/12/2020, teniendo únicamente como exigibles aquellas cuyo cumplimiento se haya efectivizado a la fecha de la firma del Consenso Fiscal 2021.
Mediante la Ley N° 27687 (B.O. 4/10/2022), se establece lo siguiente:
- Se aprueba el CONSENSO FISCAL suscripto el 27 de diciembre de 2021 por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y representantes de las Provincias (Anexo forma parte integrante de la presente ley).
APLICACIÓN: respecto de las jurisdicciones que lo aprueben por sus legislaturas, y a partir de esas fechas.
CONSENSO FISCAL 2021/22.IIBB.SELLOS.AUTOMOTORES. HERENCIAS. INMOBILIARIO. TASAS. ALÍCUOTAS. FISCO PROVINCIALES
Se publica y promulga el Consenso Fiscal 2021 modificando y suspendiendo determinados aspectos de aquellos firmados en los años 2017 (Ley 27429), 2018, 2019 (Ley 27542) y 2020 (Ley 27634)
ASPECTOS TRIBUTARIOS DE INTERES
Jurisdicciones firmantes: todas las provincias excepto CABA, San Luis y La Pampa
Acuerdos 2017 a 2020: sin efecto de las obligaciones asumidas en materia tributaria provincial (excepto cumplimiento efectivizado al 2912/2021 y las presentes)
ADMINISTRACION TRIBUTARIA NACIONAL
Sujetos: AFIP en colaboración con organismos provinciales y municipales de recaudación tributaria (marco Secreto Fiscal)
Adhesión padrón federal: Registro Único Tributario de jurisdicciones pendientes
Inmuebles y otros
1) Envío de valuaciones al 31/12 de Provincias a AFIP
2) Funcionamiento del Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles (O.Fe.V.I.). Valuaciones Fiscales
3) Inter operatividad o integración de organismos de Catastro, Registro inmueble y Rentas Provinciales
ISIB. Retenciones, Percepciones y Recaudación. Saldos a favor de los contribuyentes
1) Límite territorial a potestades y evitar la generación de saldos
2) Aplicar mecanismos de devolución automática o compensación
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Hecho imponible: Alcance. Actividades. Nexo jurisdiccional. Comercio electrónico de servicios digitales
Exportaciones. Desgravación: Bienes (excepto minería, hidrocarburos y complem.) y servicios prestados en el exterior
Exenciones y Alícuotas: Topes según actividad (exentas y 0,75% al 9,00%)
Alícuotas adicionales: inaplicabilidad
IMPUESTO A LOS SELLOS
Tratamiento diferencial. Inaplicabilidad: domicilio, lugar del cumplimiento o funcionario interviniente
Alícuotas. Actividades: no incremento hidrocarburos y servicios complementarios.
Alícuotas. Topes: Transferencia inmuebles (3,5%) y de automotores (3,5%), y resto (2%) (excepto loterías y los juegos de azar)
OTROS GRAVAMENES
Impuesto inmobiliario
1) Valuaciones: Impuesto Automotores conforme procedimientos y metodología Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles (O.Fe.V.I.)
2) Alícuota. Rango: 0,5% al 3% valor fiscal
Impuesto Automotores
1) Base imponible. Mínimo: 95% según DNRNPAyCP
2) Alícuota. Mínimo: 2% (excepto actividades productivas)
Tributos energéticos: derogación tributos específicos que graven la transferencia.
Impuesto a la herencia. Creación
1) Transmisión a título gratuito: Herencias (o anticipo); Legados; Donaciones; Otra transmisión enriquecimiento patrimonial gratuito
2) Alcance: bienes situados en la jurisdicción y/o beneficie a personas humanas o jurídicas domiciliadas allí
3) Alícuota: marginales crecientes a medida (progresivas)
Plazo: Año 2022